Promulgan polémica ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones

Esta mañana en el diario oficial El Peruano apareció publicada la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, también conocida como “Ley de AFP”, que había desatado tanta polémica en los últimos días.

Nueva Ley de AFPs

Algunos mencionan que la ley es inconstitucional.

Se trata de la Ley N° 29903 de la Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), que busca contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la seguridad social de los trabajadores.

La medida se toma a horas de que el jefe de Estado, Ollanta Humala, haya afirmado desde la ciudad de Trujillo que vería el proyecto enviado desde el Congreso, para poder determinar lo mejor para los peruanos.

“Hay que entender que el Congreso ha dado una ley con el voto mayoritario. Primero que todos creemos que tiene que haber una reforma de las AFPs. Creemos que es importante que cobren menos las comisiones a los afiliados y que haya una mejora del servicio”, manifestó Humala Tasso a los periodistas.

Hoy, sin embargo, ya apareció promulgada en El Peruano.

Cabe indicar que desde varios sectores políticos y relacionados al ámbito financiero se han mostrado posiciones contrarias a dicha norma.

Por ejemplo la importante consultora Macroconsult la consideró apresurada. Varios congresistas la han criticado e incluso anuncian presentar una acción de inconstitucionalidad en contra del documento en el Tribunal Constitucional.

Economistas como Jorge Gonzáles Izquierdo han considerado una “desazón” la aprobación de dicha norma, pues termina beneficiando a las AFP y no a los aportantes.

ALCANCES

La norma busca otorgar protección ante los riesgos de vejez, invalidez y fallecimiento, y compromete la participación de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), las aseguradoras y entidades afines.

Según el mismo, el Sistema Privado de Pensiones provee obligatoriamente a sus afiliados las prestaciones de invalidez, sobrevivencia, jubilación, y gastos de sepelio.

Así también, el trabajador que se incorpora al SPP es afiliado a la AFP que ofrezca la menor comisión por la administración de los fondos.

Luego, se menciona que aplicará la tasa de aporte obligatorio a quienes reciban ingresos mensuales mayores a 1.5 remuneraciones mínimas vitales, y finalmente se establece la obligación del empleador de retener los aportes.

En la parte final del texto se señala que la norma fue enviada el día 17 de julio, y “publicada”, hoy 18. Aparecen firmas de Ollanta Humala Tasso y del Premier Óscar Valdés Dancuart.

Fuente: La República






Sección: Política