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¿Por qué Nicolás Maduro asume presidencia, si la Constitución dice que sea Diosdado Cabello?

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A pesar que la Constitución de Venezuela indica que en caso de muerte del mandatario el que asume la presidencia es el titular de la Asamblea Nacional, este país será gobernando temporalmente por el vicepresidente.

Nicolás Maduro

Venezuela sin Hugo Chávez: Diosdado Cabello y Nicolás Maduro.

Diosdado Cabello, presidente de la Asamblea Nacional, debería ocupar temporalmente el cargo de Hugo Chávez, sin embargo, el canciller Elías Jaua anunció que, por pedido expreso del fallecido presidente, Nicolás Maduro ocupará su lugar.

“Está muy claramente establecido lo que procede, y lo que siempre defendimos, ahora se ha producido una falta absoluta, asume el vicepresidente de la República como presidente y se convoca a elecciones en los próximos 30 días”, expresó el canciller.

DISTINTAS MIRADAS A LA CONSTITUCIÓN
El cálculo oficialista se debe a que existen dos puntos importantes en el artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las cuales tienen distintos fines, según el hecho de que Hugo Chávez asumió o no su nuevo mandato.

El pasado 10 de enero, Hugo Chávez debió juramentar como presidente de Venezuela para un nuevo período, sin embargo, se encontraba en Cuba siguiendo su tratamiento, razón por la que su electo vicepresidente, Nicolás Maduro, tomó juramentó en su representación.

Sectores de oposición manifestaron que no reconocen este nuevo mandato porque Hugo Chávez no fue quien juró al cargo.

La Constitución señala que son “faltas absolutas del presidente: la muerte, su renuncia, la destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, la incapacidad física o mental permanentemente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado éste por la Asamblea Nacional, así como la revocatoria popular de su mandato”,

En un primer momento, el artículo 223 menciona que si el presidente no tomó posesión de su cargo y comete una falta absoluta, el presidente de la Asamblea Nacional, en este caso, Diosdado Cabello, asume el Gobierno temporalmente y convoco a elecciones en 30 días.

“Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional”, indica el artículo mencionado.

Sin embargo, los oficialistas se amparan en otra parte del mismo artículo que precisa que si el presidente juramentó al cargo y comete una falta absoluta, el vicepresidente, en este caso, Nicolás Maduro, asume la presidencia y convoca elecciones en 30 días.

“Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal y directa dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva”, señala la Constitución.